El Régimen MYPE Tributario (RMT) es hoy el esquema más utilizado por pequeñas y medianas empresas en el Perú. Su atractivo principal: una tasa escalonada del impuesto a la renta y menos obligaciones contables que el Régimen General.
¿Qué es el Régimen MYPE Tributario?
Es un régimen tributario creado para empresas con ingresos netos anuales que no superen las 1,700 UIT. Está dirigido a PYMEs que facturan hasta aproximadamente S/ 8.92 millones al año (UIT 2026: S/ 5,250).
Tasas del Impuesto a la Renta en el RMT
La tasa es progresiva acumulativa:
- 10% sobre las primeras 15 UIT de utilidad neta
- 29.5% sobre el exceso de 15 UIT
Para efectos del pago a cuenta mensual, si los ingresos netos del mes no superan las 300 UIT, el coeficiente es de 1%.
Ventajas del RMT frente al Régimen General
- Tasa reducida (10%) en el primer tramo de utilidad
- Menor tasa de pago a cuenta mensual (1% hasta las 300 UIT de ingresos)
- Requisitos contables simplificados: libros electrónicos obligatorios recién desde ciertos montos
- Posibilidad de emitir cualquier tipo de comprobante (factura, boleta, recibo por honorarios)
Obligaciones principales
- Declaración jurada mensual (PDT 621)
- Declaración jurada anual de renta
- Libros contables electrónicos según nivel de ingresos (Registro de Compras, Ventas, Diario, Mayor)
- Emisión de comprobantes electrónicos
¿Cuándo conviene más el Régimen General?
El RMT deja de ser conveniente cuando la utilidad neta anual supera significativamente las 15 UIT, pues sobre el exceso se paga la misma tasa que en el Régimen General. También cuando la empresa necesita deducir pérdidas tributarias de ejercicios anteriores.
Cómo acogerse al RMT
Si usted está iniciando actividades, puede acogerse al RMT al momento de obtener su RUC en SUNAT. Si ya está en otro régimen, el cambio se realiza con la declaración-pago del mes de enero del año siguiente, indicando el régimen RMT en el PDT 621.
Recomendación profesional
La elección del régimen tributario no es una decisión que deba tomarse en solitario. En JYR Fuentes evaluamos su situación actual, proyectamos ingresos y utilidades, y le recomendamos el régimen que minimizará su carga tributaria sin exponerlo a contingencias con SUNAT.